Cuando una persona fallece y deja bienes a sus herederos surge la obligación de liquidar el impuesto de sucesiones en un plazo de seis meses desde la fecha de fallecimiento del causante.
¿Qué es el impuesto de sucesiones?
El impuesto de sucesiones es un impuesto directo que tiene que pagar la persona que recibe y acepta una herencia en vida. Se trata de un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas, quienes tienen potestad de legislar sobre la materia y como consecuencia de ello el importe a abonar será muy distinto según sea la Comunidad Autónoma donde tenía su domicilio el fallecido y el domicilio de los herederos, así por ejemplo en la comunidad de Madrid, además de las reducciones por parentesco establecidas en la Legislación estatal, tiene importantes reducciones por parentesco que son de aplicación en la Comunidad de Madrid, así como importantes bonificaciones, sobre todo para los ascendentes y descendientes, que son del 99% de la cuota, es decir, de la cantidad que resultaría a pagar.
Se trata de un impuesto progresivo, es decir que el tipo impositivo será más alto cuanto mayor sea el valor de los bienes de la herencia, afectando también al alza en algunos casos la capacidad económica de los herederos.
Es muy importante que un Abogado proceda a la liquidación del impuesto en base a las intenciones futuras de los herederos. Se puede liquidar por ejemplo los bienes inmuebles por el valor fiscal mínimo aceptado por cada Comunidad Autónoma, dicho valor casi siempre es inferior al de mercado, no obstante ello en casos, sobre todo si se tiene intención de vender, es conveniente valorar el inmueble por el valor real de mercado, es decir, por lo que lo venderíamos, y ello para evitar el pago de importantes cantidades en el Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas como incremento de patrimonio.