Pasos a seguir en un accidente de tráfico
Reúne toda la documentación que tengas disponible:
- Informes médicos del hospital antes de 48 horas del accidente de cualquiera de los ocupantes del vehículo.
- Parte amistoso del accidente o atestado policial.
- Recabar la información del contrario, así como los datos de su póliza de seguro, documentación del vehículo y del parte de accidentes amistoso si se hubiera confeccionado.
- Nuestra póliza de seguros para ver si se tiene contratada la defensa jurídica, en cuyo caso se podrá recuperar todo o una gran parte de la minuta de honorarios que presente el Abogado actuante.
¿Cómo obtener la indemnización?
El primer paso que se realizará es formular a la compañía aseguradora una reclamación amistosa en la que se les hace constar el importe de la reclamación, debiendo acompañarse a la misma la documentación médica acreditativa de los días de baja y posibles secuelas que han quedado, los justificantes de los gastos médicos que se han ocasionado, así como la justificación de la pérdida de ingresos que se haya podido sufrir. Dicha reclamación no se formulará hasta que se haya obtenido el alta médica ya que de otra forma sería difícil cuantificar el importe de los daños y de la cantidad a reclamar.
Una vez que se formula dicha reclamación, la compañía de seguros nos realizará una oferta motivada donde se manifestará si está o no dispuesta a indemnizar en vía amistosa y en su caso el importe de la indemnización que se ofrece.
Caso de que no se admitiera responsabilidad por la compañía de seguros contraria o la indemnización ofrecida fuera insuficiente sería necesario el ejercicio de acciones legales para obtener la indemnización.
¿Cómo se calcula la indemnización?
La indemnización en el caso de los accidentes de tráfico está tasada por Ley, en concreto por el Baremo establecido en la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro de Vehículos a motor, sirviendo como parámetros para su determinación, entre otros:
- Los días de baja médica.
- La edad del accidentado.
- La existencia o no de secuelas.
- Si los días de baja son o no impeditivos.
- Los días de estancia en el hospital.
- Pérdida económica sufrida por el accidente.