¿Qué es la escritura de aceptación de la herencia?
Lo más habitual cuando una persona fallece, es que deje algunos o todos sus bienes a sus herederos. Dentro del argot legal, esto es conocido como aceptación de la herencia yacente, y continúa así hasta que los herederos la rechazan o, como suele ser más frecuente, la aceptan.
La aceptación de la herencia ante notario implica una serie de trámites, como puede ser la escritura de aceptación, y unos plazos que debemos conocer para que todo transcurra de la mejor manera posible. A lo largo de este post queremos ayudaros a comprender todo lo que conlleva la aceptación de una herencia, cómo se tramita dicha escritura o qué requisitos debemos cumplir para poder seguir adelante con la aceptación.
¿Qué es la aceptación de herencia?
La aceptación de la herencia es la manifestación clara de una persona de acceder a los bienes de una persona fallecida, que le corresponden por testamento o por ley. Este acto se realiza de manera libre y voluntaria, y es individual, lo que implica que si hay más herederos no es necesario que haya acuerdo entre todos para llevar a cabo la aceptación. De hecho, puede haber tantas escrituras como herederos haya implicados.
Hay que saber que la aceptación de la herencia por sí misma no conlleva la titularidad de los bienes, ya que esto no se producirá hasta que se haya repartido. Para aceptar la herencia, podemos hacerlos de varias formas: mediante acuerdo entre las partes o, si está previsto en el testamento, por decisión de un contador partidor. Por último, también puede hacerse vía judicial, por decisión de un juez.
¿Qué es la escritura de aceptación de la herencia?
La escritura de aceptación de la herencia es un documento público que se realiza ante notario donde se recogen la relación de herederos, la relación de bienes y derechos dejados por el fallecido, la suma de valores de los bienes y derechos, y las cuotas o participación de cada heredero que se integran en sus respectivos patrimonios.
Formas de aceptar la herencia
Cuando un sujeto es nombrado heredero, tiene la opción de aceptar o rechazar la herencia. En caso de que la acepte, existen dos formas de hacerlo: de forma expresa o tácita.
- La aceptación expresa de una herencia es aquella en la que expresamos nuestra voluntad de aceptar la herencia, como es acudir a un notario para realizar la escritura de aceptación de herencia. No siempre que expresamos nuestra voluntad de heredar tenemos que aceptar la herencia, ya que cuando se acepta, se acepta tanto el patrimonio como las deudas. Dentro de esta aceptación expresa, hay otras dos formas de aceptar la herencia:
-
- La aceptación pura y simple: aceptamos ante notario tanto los bienes como las deudas, pasando a responder con nuestro patrimonio las deudas del causante.
- La aceptación a beneficio de inventario: es aquella en la que dejas a expensas del resultado del inventario de los bienes y de las deudas, la aceptación o no de la herencia.
- La aceptación tácita de la herencia es aquella en la que el heredero realiza acciones tendentes a que se presuma la aceptación de la herencia, como actuar de arrendador de la vivienda que el testador tenía alquilada, conducir el vehículo propiedad del difunto y asegurarlo a nuestro nombre…
¿Quién puede aceptarla? Requisitos para aceptar una herencia
Para poder aceptar una herencia, es necesario que el heredero tenga libre disposición de sus bienes, por lo que debe tener una plena capacidad de obrar. En caso de que careciese de ella, deberá ser su representante legal quien acepte la herencia en su nombre.
Si los herederos son menores de edad, aquellos que ostenten la patria potestad serán los que acepten la herencia a beneficio de inventario. Para la aceptación pura y simple requerirán de una autorización judicial.
Entre los requisitos o aspectos que hay que tener en cuenta con la aceptación de una herencia, están los siguientes:
- Una vez que hemos aceptado la herencia, no se puede revocar. Por ello, existe el derecho a deliberar sobre la aceptación de la herencia, realizándose un inventario.
- La aceptación de la herencia es un acto retroactivo en la medida en que los efectos de aceptarla se retrotraen al momento del fallecimiento del causante. Esto quiere decir que, si existen cuotas que pagar entre el fallecimiento del donante y la aceptación de la herencia, el heredero tendrá que pagar las cuotas atrasadas en el momento en que acepta dicha herencia.
- La aceptación de la herencia solo se podrá impugnar si existe un vicio que anule el consentimiento o si aparece un testamento desconocido.
- La herencia no se puede aceptar ni en parte, ni sometiendo la aceptación a plazo o condición alguna.
- La aceptación de la herencia se tiene que hacer de manera personal o a través de un representante legal autorizado.
Cuál es el plazo para aceptar una herencia
Aunque no está especificado en ninguna ley de forma explícita debido a que no se puede forzar a un heredero a tomar una decisión, el plazo máximo para aceptar una herencia se considera de 30 años desde que la persona fallece.
Durante todo este periodo de tiempo, el beneficiario de esta herencia puede tanto aceptar como rechazar dicha herencia, pero, en cualquier caso, debe notificarlo y realizar los procedimientos legales y jurídicos pertinentes para que todo esté n regla.
¿Cómo se tramita la escritura de aceptación de la herencia?
Antes de comenzar con los trámites, lo primero que debemos decidir es si el documento se va a realizar con carácter público o privado.
En el caso de que nos decidamos por un documento privado de la aceptación de la herencia, no necesitaremos un notario para dar validez al documento. Se trata del procedimiento más habitual para las herencias sencillas, donde no hay bienes inmuebles o son muy pocos, además de ser más cómoda o económica.
Aquí son los propios herederos los que redactan o emplean un modelo a seguir para recoger estas voluntades, incluyendo ciertos datos básicos por si hubiese problemas futuros.
Si nos decantamos por el documento público de la aceptación de la herencia, debemos saber que es necesario un notario que será el que le dé ese carácter público. Este tipo de documentos suelen emplearse en herencias complicadas, con varios inmuebles.
Una vez decidido el tipo de documento, lo segundo que debemos hacer es solicitar el certificado de defunción del causante y después requerir una copia del testamento o de la sentencia judicial que determina la sucesión testamentaria.
El siguiente paso es reunir la documentación para realizar el inventario de los bienes heredados, como certificados de propiedad de inmuebles, títulos de propiedad de vehículos o cuentas y conocer su situación económica.
Por último, tendremos que firmar la escritura de aceptación de la herencia ante notario y presentar el documento ante el registro de la propiedad para inscribir la propiedad de los bienes heredados.
¿Qué consecuencias tiene aceptar una herencia?
La principal consecuencia de aceptar una herencia es que te conviertes en heredero, por lo que vas a suceder al causante en todos sus bienes, derechos y obligaciones.
Además, como os hemos comentado un poco más arriba, los efectos de aceptar una herencia se retrotraen al momento en que fallece el causante, por lo que esta aceptación se entenderá realizada en la fecha en la que fallece.